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¿Cuál es el tope imponible y cómo se reajusta?

La cotización obligatoria es proporcional a los “ingresos” de cada afiliado, pero tiene un límite máximo o “Tope Imponible”. Sobre ese límite ya no cotizas un 10% de tus ingresos, sino el 10% del Tope Imponible.

Por ejemplo, suponiendo que tienes una remuneración bruta de $3.500.000, tu cotización obligatoria del 10% debería ser de $350.000. Ahora, como el Tope Imponible para cotizar es de 84,3 UF, correspondiente a $3.099.600, solo ahorrarías para tu pensión $309.960, que equivale a un tan solo un 8,85%, de tu sueldo bruto.
 
El Tope Imponible es reajustado anualmente, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Remuneraciones Reales (de acuerdo al cálculo del INE) siempre que esta variación sea positiva. De esta forma aumenta tu pensión si ganas más del tope y la cobertura del SIS será más acorde a tus ingresos.
 
 

¿Cuándo comienza a regir el tope imponible?

El Tope Imponible ajustado comenzará a regir el 1 de enero de cada año, y será determinado por resolución de la Superintendencia de Pensiones.
 
Para el cálculo del Tope Imponible en 2024** el límite ha sido establecido en:
 
84,3 UF (aproximadamente $3.099.600)  para la cotización en la Cuenta Obligatoria.
126,6 UF (aproximadamente $4.654.916) para la cotización del Seguro Cesantía.
** Considerando el valor de la UF al 01/01/2024 de $36.768,69
 

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Actualizado al: 26-01-2024