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¿Cuál es el tope imponible y cómo se reajusta?

Para poder tener una pensión en el futuro, mes a mes cotizamos en una AFP, destinando un 10,1% de nuestro sueldo imponible, compuesto por un 10% aportado por el trabajador y un 0,1% adicional a cargo del empleador.

La cotización obligatoria es proporcional a los “ingresos” de cada afiliado, pero tiene un límite máximo o “Tope Imponible”. Sobre ese límite ya no cotizas un 10,1% de tus ingresos, sino el 10,1% del Tope Imponible.

Por ejemplo, si tienes una remuneración imponible de $3.800.000, al ser mayor al tope actual (90 UF equivalen aproximadamente a $3.573.546*), tu cotización no se calcula sobre tu sueldo completo, sino solo hasta ese límite:

Cotizas el 10,1% de $3.573.546 = $360.928.

En la práctica, cuando tu sueldo supera el tope, terminas cotizando sobre una parte menor de tu ingreso real, lo que puede impactar el monto que ahorras para tu futura pensión.

El Tope Imponible es reajustado anualmente, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Remuneraciones Reales (de acuerdo al cálculo del INE) siempre que esta variación sea positiva. De esta forma aumenta tu pensión si ganas más del tope y la cobertura del SIS será más acorde a tus ingresos.
 
 

¿Cuándo comienza a regir el tope imponible?

El Tope Imponible ajustado comenzará a regir el 1 de enero de cada año, y será determinado por resolución de la Superintendencia de Pensiones.
 
Para el cálculo del Tope Imponible en 2026 el límite ha sido establecido en:
 
90 UF (aproximadamente $3.573.546*)  para la cotización en la Cuenta Obligatoria.
135,2 UF (aproximadamente $5.367.220*) para la cotización del Seguro Cesantía.
** Considerando el valor de la UF $39.706,07 al 31/01/2026.
 

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Actualizado al: 24-02-2026