Pensión de Sobrevivencia
¿Qué es la Pensión de Sobrevivencia?
Es un beneficio previsional al que tienes derecho si eres beneficiario o heredero de un afiliado a la AFP que ha fallecido. La única condición es que su deceso no fuera a causa o por motivo de su trabajo (porque en ese caso opera la cobertura del Seguro de Accidentes Laborales).- El o la cónyuge sobreviviente
- El o la conviviente civil sobreviviente
- Los hijos solteros
- Progenitores del afiliado
- Alguno de los progenitores de hijos fuera del matrimonio
¿Qué requisitos debo cumplir para la Pensión de Sobrevivencia?
- Ser solteros menores de 18 años.
- Ser solteros entre 18 y 24 años si están estudiando (1).
- Discapacitados, con una declaración de invalidez por la Comisión Medica (2).
- Cuando no existen las personas mencionadas anteriormente, y si a la fecha de fallecimiento vivían a expensas del afiliado, pueden solicitarlo siempre que actualmente no disponen de una renta igual o superior a la mitad del ingreso mínimo mensual.
- Sólo si es soltero(a) o viudo(a) a la fecha del deceso, y vivía a expensas del afiliado.
¿Cómo solicitar la Pensión de Sobrevivencia?
¿Qué es el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y cómo se financia?
¿Cómo se determina la pensión que genera un trabajador que cotizaba?
Beneficiarios | Porcentaje |
---|---|
Cónyuge o conviviente civil sin hijos | 60% |
Cónyuge o conviviente civil con hijos. | 50% |
Hijos con derecho a pensión. | 15% |
Hijos con invalidez. | 11% |
Alguno de los progenitores de hijos de filiación no matrimonial, sin hijos con derecho a pensión. | 36% |
Alguno de los progenitores de hijos de filiación no matrimonial, con hijos con derecho a pensión. | 30% |
Cónyuge anulada, sin hijos con derecho a pensión. | 36% |
Cónyuge anulada, con hijos con derecho a pensión. | 30% |
Progenitores del fallecido. | 50% |
¿Cuáles son las modalidades de pensión?
- Retiro Programado
- Renta Vitalicia inmediata
- Renta Vitalicia diferida
- Renta Vitalicia inmediata con Retiro Programado
- Pensión Mínima Garantizada por el Estado