Comisiones
¿Qué son las comisiones?
Las comisiones son la retribución que la AFP recibe de parte de sus afiliados por los distintos beneficios y servicios brindados. Las comisiones son deducidas de tus cuentas individuales, de los saldos o de los aportes, según corresponda.
Ejemplos de prestaciones por las que se efectúa el cobro de una comisión en AFP Cuprum:
- Cuenta Obligatoria
- Cuenta de Ahorro Voluntario
- Cuenta de APV
- Cuenta de APVC
- Retiros Programados
- Rentas Temporales
- Aportes de Indemnización
Las comisiones tienen carácter uniforme para todos los afiliados y son fijadas libremente por cada AFP. Sin embargo, debemos comunicar el cambio a la Superintendencia de Pensiones al menos con 90 días de anticipación a su vigencia. Debemos además publicar un aviso en uno de los 3 diarios de mayor circulación y notificar a cada afiliado en la Cartola Cuatrimestral correspondiente. También se exhiben las comisiones en un lugar visible en todas las agencias.
La Ley no nos permite cobrar comisiones por:
- Mantención de la cuenta personal de Capitalización Obligatoria: si quedas cesante y no cotizas no estás afecto a cobro de comisiones, aún cuando la AFP siga administrando tus cuentas.
- Los aportes de Depósitos Convenidos pactados con tu empleador.
- Los depósitos de Cotizaciones Voluntarias.
- Los depósitos en la Cuenta de Ahorro Voluntario.
- Los giros desde la Cuenta de Ahorro Voluntario.
- La transferencia de los fondos desde la Cuenta de Ahorro Voluntario a la Cuenta de Capitalización Individual o Cuenta de Afiliado Voluntario, para mejorar la pensión.
- Los retiros realizados en la Cuenta de Ahorro de Indemnización al cese de los servicios del afiliado.
- Los retiros de una herencia o de excedentes de libre disposición realizados desde la Cuenta de Capitalización Individual o Cuenta de Afiliado Voluntario.
- Traspaso de saldos entre AFP.
¿Cómo se cobran las comisiones a los trabajadores dependientes?
Para trabajadores dependientes, la Ley establece que sólo podrán estar sujetas al cobro de comisiones las siguientes operaciones:
- El depósito de cotizaciones periódicas a la Cuenta Obligatoria o Cotizaciones de Afiliados Voluntarios en la respectiva cuenta (10% de la remuneración imponible y la comisión porcentual por acreditación). La comisión se deduce de dichas cuentas y corresponde a un porcentaje sobre la remuneración imponible.
- El depósito de aporte de indemnización a la Cuenta de Ahorro de Indemnización. Esta comisión sólo puede ser un porcentaje sobre el valor del aporte.
- Por la administración del saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario. La comisión será un porcentaje mensual sobre el saldo administrado.
- Los retiros de la cuenta de capitalización por concepto de pago de pensiones por Retiros Programados o Rentas Temporales. La comisión corresponde a un porcentaje sobre cada mensualidad.
- Sobre el saldo administrado por concepto de Ahorro Previsional Voluntario, Ahorro Previsional Voluntario Colectivo y de la bonificación fiscal por cotizaciones voluntarias. En estos casos la comisión de la AFP corresponderá a un porcentaje mensual sobre dicho monto.
- Por la transferencia de Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos, depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, el aporte de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo o cotización de afiliados voluntarios, hacia otras AFP o instituciones autorizadas. Esta comisión será una suma fija en pesos.
¿Cómo se cobran las comisiones a los trabajadores independientes?
Para los trabajadores independientes, las comisiones que estamos autorizados a aplicar son:
- El depósito de cotizaciones a la Cuenta Obligatoria y de Afiliado Voluntario (10% de la remuneración imponible y la comisión porcentual por acreditación). La comisión se deduce de dichas cuentas y corresponde a un porcentaje sobre la remuneración imponible.
- Por la administración del saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario. La comisión será un porcentaje mensual sobre el saldo administrado.
- Los retiros de la Cuenta Obligatoria por concepto de pago de pensiones por Retiros Programados o Rentas Temporales. La comisión corresponde a un porcentaje sobre cada mensualidad.
- Sobre el saldo administrado por concepto de Ahorro Previsional Voluntario y por cotizaciones voluntarias. En estos casos la comisión de la AFP corresponderá a un porcentaje mensual sobre dicho monto.
- Por la transferencia de Cotizaciones Voluntarias, Ahorro Previsional Voluntario y Cotizaciones de Afiliados Voluntarios, hacia otras AFP o instituciones autorizadas. Esta comisión será una suma fija en pesos.
¿Qué comisión se cobra al traspasar mis fondos?
No se cobra comisión por traspaso de fondos.