AFPedia

Infórmate aquí de todo lo que necesitas saber sobre el sistema de AFP chileno, nuestros productos y tus ahorros previsionales.

Comisiones

¿Qué son las comisiones?

 Las comisiones son la retribución que la AFP recibe de parte de sus afiliados por los distintos beneficios y servicios brindados. Las comisiones son deducidas de tus cuentas individuales, de los saldos o de los aportes, según corresponda.
 
Ejemplos de prestaciones por las que se efectúa el cobro de una comisión en AFP Cuprum:
 
  • Cuenta Obligatoria 
  • Cuenta de Ahorro Voluntario
  • Cuenta de APV
  • Cuenta de APVC
  • Retiros Programados
  • Rentas Temporales
  • Aportes de Indemnización
 
Las comisiones tienen carácter uniforme para todos los afiliados y son fijadas libremente por cada AFP. Sin embargo, debemos comunicar el cambio a la Superintendencia de Pensiones al menos con 90 días de anticipación a su vigencia. Debemos además publicar un aviso en uno de los 3 diarios de mayor circulación y notificar a cada afiliado en la Cartola Cuatrimestral correspondiente. También se exhiben las comisiones en un lugar visible en todas las agencias. 
 
La Ley no nos permite cobrar comisiones por:
 
  1. Mantención de la cuenta personal de Capitalización Obligatoria: si quedas cesante y no cotizas no estás afecto a cobro de comisiones, aún cuando la AFP siga administrando tus cuentas.
  2. Los aportes de Depósitos Convenidos pactados con tu empleador.
  3. Los depósitos de Cotizaciones Voluntarias.
  4. Los depósitos en la Cuenta de Ahorro Voluntario.
  5. Los giros desde la Cuenta de Ahorro Voluntario.
  6. La transferencia de los fondos desde la Cuenta de Ahorro Voluntario a la Cuenta de Capitalización Individual o Cuenta de Afiliado Voluntario, para mejorar la pensión.
  7. Los retiros realizados en la Cuenta de Ahorro de Indemnización al cese de los servicios del afiliado.
  8. Los retiros de una herencia o de excedentes de libre disposición realizados desde la Cuenta de Capitalización Individual o Cuenta de Afiliado Voluntario.
  9. Traspaso de saldos entre AFP.

 

 

¿Cómo se cobran las comisiones a los trabajadores dependientes?

Para trabajadores dependientes, la Ley establece que sólo podrán estar sujetas al cobro de comisiones las siguientes operaciones:
  1. El depósito de cotizaciones periódicas a la Cuenta Obligatoria o Cotizaciones de Afiliados Voluntarios en la respectiva cuenta (10% de la remuneración imponible y la comisión porcentual por acreditación). La comisión se deduce de dichas cuentas y corresponde a un porcentaje sobre la remuneración imponible.
  2. El depósito de aporte de indemnización a la Cuenta de Ahorro de Indemnización. Esta comisión sólo puede ser un porcentaje sobre el valor del aporte.
  3. Por la administración del saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario. La comisión será un porcentaje mensual sobre el saldo administrado.
  4. Los retiros de la cuenta de capitalización por concepto de pago de pensiones por Retiros Programados o Rentas Temporales. La comisión corresponde a un porcentaje sobre cada mensualidad.
  5. Sobre el saldo administrado por concepto de Ahorro Previsional Voluntario, Ahorro Previsional Voluntario Colectivo y de la bonificación fiscal por cotizaciones voluntarias. En estos casos la comisión de la AFP corresponderá a un porcentaje mensual sobre dicho monto.
  6. Por la transferencia de Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos, depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, el aporte de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo o cotización de afiliados voluntarios, hacia otras AFP o instituciones autorizadas. Esta comisión será una suma fija en pesos.
 

¿Cómo se cobran las comisiones a los trabajadores independientes?

Para los trabajadores independientes, las comisiones que estamos autorizados a aplicar son:
 
  1. El depósito de cotizaciones a la Cuenta Obligatoria y de Afiliado Voluntario (10% de la remuneración imponible y la comisión porcentual por acreditación). La comisión se deduce de dichas cuentas y corresponde a un porcentaje sobre la remuneración imponible.
  2. Por la administración del saldo de la Cuenta de Ahorro Voluntario. La comisión será un porcentaje mensual sobre el saldo administrado.
  3. Los retiros de la Cuenta Obligatoria por concepto de pago de pensiones por Retiros Programados o Rentas Temporales. La comisión corresponde a un porcentaje sobre cada mensualidad.
  4. Sobre el saldo administrado por concepto de Ahorro Previsional Voluntario y por cotizaciones voluntarias. En estos casos la comisión de la AFP corresponderá a un porcentaje mensual sobre dicho monto.
  5. Por la transferencia de Cotizaciones Voluntarias, Ahorro Previsional Voluntario y Cotizaciones de Afiliados Voluntarios, hacia otras AFP o instituciones autorizadas. Esta comisión será una suma fija en pesos.

 

 

¿Qué comisión se cobra al traspasar mis fondos?

No se cobra comisión por traspaso de fondos.

 
Actualizado al: 24-02-2022