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Reclamo 1733

Procedimiento de reclamos

Un Reclamo 1733 es el procedimiento que, con el fin de subsanar alguna anomalía, el afiliado inicia en la AFP. El reclamo lo puede presentar el afectado o su representante, y procederá cuando sea justificado por escrito con la información completa del caso.

El Reclamo 1733 también puede presentarlo un intermediario del afiliado. Si el intermediario es una persona natural debe identificarse con: nombre, apellidos y domicilio. Si es una persona jurídica debe identificarse con su razón social y domicilio. 

Si el reclamo es sobre tu Cuenta de Capitalización Individual, puedes ingresar a Cuprum.cl con tu RUT y Clave de Acceso a través del menú "Contacto", opción "Nueva Consulta". Si existe alguna anomalía te entregaremos la solución a través de la misma vía.

En cambio, si se trata de otros temas puedes presentar el Reclamo 1733 directamente en la AFP, detallando el problema mediante la suscripción del "Formulario de Reclamo". También puedes ingresarlo mediante una carta enviada por correo postal o en el buzón de correspondencia de la AFP. 

El documento del reclamo debe contener al menos:

  1. Identificación del afiliado:
    • Nombre completo
    • RUT
    • Dirección completa
  2. Antecedentes de la presentación:
    • Identificación del empleador y/o trabajador involucrado
    • Descripción de la materia de la presentación
    • Fecha de recepción de la presentación
  3. Antecedentes del rechazo (si es el caso):
    • Detalle de las causas del rechazo
    • Fecha de emisión del documento
    • Número identificatorio del documento
  4. Datos referidos a la Administradora:
    • Identificación de la AFP
    • Identificación de la agencia, agencia especializada o centro de servicios
    • Identificación del funcionario de la AFP receptor de la presentación

 

El Reclamo 1733 causará la suspensión inmediata de cualquier proceso que se encuentre en marcha o a punto de iniciarse y que signifique modificación en la situación que tenga en la AFP, excepto el pago preliminar de la pensión. 

Si se trata de un reclamo a causa de asuntos que distintos a nuestro servicio, como: Dictamen de invalidez o Bono de Reconocimiento, el procedimiento es distinto (revisa la sección correspondiente). 

 

Si tienes un reclamo hazlo aquí

 

 

Actualizado al: 24-02-2022