Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo
¿Qué es el APV Colectivo?
El Ahorro Previsional Voluntario Colectivo (APVC) es un contrato de ahorro suscrito por un empleador en representación de sus colaboradores con una AFP o institución autorizada, con el objeto de incrementar los recursos previsionales de sus colaboradores. Se basa en aportes de ambas partes, con beneficios tributarios. En el caso del trabajador, el beneficio tributario, incluido el pago de una bonificación de cargo fiscal, dependerá del régimen tributario por el cual opte acoger sus aportes. En el caso del empleador sus aportes serán considerados como gasto necesario para producir la renta.
Requisitos de los contratos del APV colectivo
Las empresas pueden ofrecer a todos sus colaboradores adherirse a uno o más contratos de APVC, donde los términos y condiciones son convenidos entre el empleador y la AFP o institución autorizada, debiendo ser igualitarios para todos ellos, tanto respecto del acceso a los contratos como a los planes de ahorro contenidos en ellos.
¿Cómo sumarse a los contratos del APV colectivo?
Los trabajadores que opten por adherirse a planes de APVC deberán manifestar su voluntad mediante la suscripción del formulario Adhesión o Traspaso de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo en la AFP o institución autorizada, ante un representante de éstas o directamente con sus empleadores. Esta adhesión podrá efectuarse mediante uso de formularios impresos en papel o por Internet.
Recaudación del APV colectivo
El empleador está obligado a deducir los aportes establecidos en el contrato de APVC de la remuneración del trabajador con la periodicidad pactada. Este descuento se efectuará desde el mes señalado en el formulario de adhesión suscrito por el trabajador. Dicha obligación termina si el trabajador manifiesta su voluntad de no continuar realizando su aporte. También cesará esta obligación para el empleador y el trabajador en cada uno de los meses en que proceda un pago de cotizaciones a través de una entidad pagadora de subsidios en caso de licencia médica.
Transferencia de recursos del APV Colectivo
Los empleadores podrán realizar los aportes de APVC directamente en una AFP o institución autorizada, según corresponda, o indirectamente con la intermediación de una AFP o del IPS para ser transferidas hacia la entidad señalada en el contrato. En este último caso, los recursos recaudados por las AFP y el IPS serán transferidos hacia las respectivas instituciones autorizadas o AFP a más tardar el último día del mes siguiente al de su pago.
Traspaso de saldo del APV
En caso de término de la relación laboral, de término del contrato de ahorro respectivo o cuando así lo contemple dicho contrato, los trabajadores deberán traspasar el saldo que corresponda a un nuevo plan de APVC o a un plan de APV administrado por una institución autorizada o una AFP. Asimismo, una vez cumplido el período de permanencia mínima en la entidad, el trabajador podrá traspasar en forma total o parcial a otra entidad el saldo de su propiedad.
Comisiones del APV Colectivo
Las comisiones por administración podrán ser acordadas libremente entre el empleador y las AFP o instituciones autorizadas, pudiendo establecerse comisiones diferenciadas entre distintos contratos. A su vez, en un mismo contrato podrán establecerse comisiones diferenciadas según el número de trabajadores suscritos a cada plan.
¿Cómo se retiran los fondos del APV Colectivo?
Los trabajadores o pensionados, cuando corresponda, podrán retirar todo o parte de los recursos originados en APVC, en las condiciones que correspondan al régimen tributario seleccionado en el momento del aporte. Los retiros del trabajador sólo podrán realizarse por los aportes que sean de su propiedad.
Cobranza del APV Colectivo
En caso de que el empleador no cumpla con su obligación de pagar los aportes de APVC, se aplicará lo dispuesto en el artículo 19 del DL 3.500. Ante esta situación, la AFP deberá, en representación de los trabajadores comprendidos en el contrato de ahorro, seguir las acciones tendientes al cobro de tales aportes, con sus respectivos reajustes e intereses.
Tributación del APV Colectivo
Para efectos del tratamiento tributario del APVC, los trabajadores podrán optar por acogerse a alguno de los siguientes regímenes tributarios: