Bonificación por Hijo para Mujeres
¿En qué consiste el Bono por Hijo para la mujer?
Este beneficio, creado en el marco de la Reforma Previsional del 2008, está destinado a incrementar el monto de la pensión de las mujeres a través de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. El monto del bono es abonado al saldo destinado a pensión cuando la mujer cumpla 65 años de edad.
¿A quiénes está dirigido el beneficio del Bono por Hijo?
-A las mujeres afiliadas al DL 3.500 y que no tengan afiliación a otro régimen.
Requisitos para recibir el Bono por Hijo
Las mujeres que deseen optar a este beneficio deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Tener al menos 65 años de edad.
- Tener residencia en el territorio chileno por un lapso de 20 años, continuos o discontinuos, contados desde los 20 años de edad de la interesada
- Haber residido en Chile al menos 4 años en los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- A las mujeres que fueron exiliadas, que se encuentran registradas en la Oficina de Retorno, y Diplomáticas, se les computará el tiempo pasado en el extranjero como residido en Chile.
- Si están pensionadas, la pensión debe haberse obtenido a contar del 01/07/2009.
¿Dónde se realiza?
En las sucursales o Centros de Atención del Instituto de Prevision Social - IPS, y en las Municipalidades. Las AFP y Compañías de Seguros deben recepcionar las solicitudes de sus afiliadas como también las de sus beneficiarias.
¿Cómo se realiza el aporte del bono?
Una vez suscrita la solicitud, será analizada y tramitada por el Instituto de Previsión Social (IPS ex INP), entidad responsable de determinar si la madre cumple o no con los requisitos.