Fondo de Pensiones Tipo A, B, C, D y E
¿Qué son los Multifondos?
Existen 5 fondos de pensión distintos entre los cuales puedes elegir invertir tus ahorros previsionales, y por eso el sistema se conoce como Multifondos. La existencia de 5 fondos funciona desde el 01/08/2002. El principal objetivo de éstos es incrementar el valor esperado de las pensiones que obtendrás.
Cada fondo tiene características diferentes que se relacionan con el nivel de riesgo y tu plazo de inversión (Edad pensión-Edad actual), para que puedas elegir el fondo que más se adapta a tu perfil de inversión.
Conoce aquí tu perfil de inversión
¿Cómo se diferencian los tipos de fondo?
Los Multifondos se diferencian en la proporción invertida en instrumentos de Renta Fija (por ejemplo: depósitos a plazo) y Renta Variable (por ejemplo: acciones de empresas). Esta proporción puede ir desde un 5% invertido en Renta Variable (Fondo E) hasta llegar a un 80 % en Renta Variable (Fondo A). Entre mayor sea la inversión en Renta Variable, más riesgoso es el fondo y se espera una rentabilidad mayor al largo plazo.
Puedes distribuir tus ahorros hasta en 2 de los 5 fondos en la forma que desees (ejemplo: 50% en Fondo B, 50% en Fondo C).
¿Cómo elegir un fondo?
Al existir 5 fondos puedes elegir el que más te convenga según tus características personales. Algunas de los factores a tomar en cuenta son: edad, otras fuentes de ingreso que puedas tener al momento de pensionarte y tolerancia al riesgo.

Por ejemplo, si eres joven puede ser aconsejable elegir un fondo con más Renta Variable (como el Fondo A) sobre todo si esperas tener otros ingresos aparte de tu pensión.
Además de tus características personales, otros criterios básicos que debes tener en cuenta a la hora de elegir tu fondo son:
- Horizonte o plazo de inversión: número de años que van a transcurrir desde que se empieza a ahorrar hasta que se comienza a gastar ese ahorro en forma significativa (en el caso de los pensionados por Retiro Programado el plazo se alarga aún más). Mientras más largo es el plazo, se puede asumir mayor riesgo.
- Otros ingresos que puedas tener, o tu patrimonio, que te podrían permitir asumir un mayor riesgo. A menos dependencia económica de la pensión, se puede tomar un mayor riesgo.
- Tolerancia al riesgo.
Te recomendamos utilizar herramientas diseñadas especialmente para elegir adecuadamente un fondo. Nuestro “Plan Asistido” es un simulador exclusivo de AFP Cuprum que toma en cuenta tus características personales y te recomienda 2 fondos adecuados según tu perfil de riesgo. Esta guía se debería seguir al menos 1 vez al año o ante cambios en tu situación personal.
¿Puede el afiliado elegir cualquier tipo de fondo?
Los afiliados hombres hasta 55 años de edad y las mujeres hasta 50 años de edad pueden optar por cualquiera de los 5 tipos de fondos de pensiones. Sin embargo, puedes distribuir hasta en 2 de los 5 fondos en la forma que desees.
Cuenta Obligatoria:
Para esta cuenta los afiliados hombres desde los 56 años de edad y las mujeres desde los 51 años de edad, respecto del saldo de su Cuenta Obligatoria, Cuenta de Afiliado Voluntario y Cuenta de Ahorro de Indemnización no pueden optar por el Fondo A.
Los pensionados por Retiro Programado y Renta Temporal y los afiliados declarados inválidos parciales mediante un primer dictamen, no pueden optar por los Fondos A o B, respecto del saldo de su Cuenta Obligatoria, Cuenta de Afiliado Voluntario y Cuenta de Ahorro de Indemnización.
Las prohibiciones señaladas anteriormente no aplican respecto de aquella parte de los saldos que exceda al monto necesario para financiar una pensión que cumpla con los requisitos establecidos en el inciso 1, del artículo 68 del DL 3.500 de 1980.
Para el caso de los afiliados hombres al cumplir 56 años de edad y las mujeres 51 años de edad, que hayan optado por el Fondo A en sus cuentas de cotizaciones obligatorias, cuentas de afiliados voluntarios y cuentas de ahorro de indemnización, deben traspasarlas obligatoriamente a cualquiera de los restantes fondos de pensiones, dentro de 90 días, con excepción del monto elegido en el Fondo A (y que excede al valor necesario para financiar una pensión de acuerdo a los requisitos señalados anteriormente). Si el afiliado no opta por alguno de los Fondos B, C, D o E en el plazo señalado, los saldos de sus cuentas serán asignados en forma gradual al Fondo B.
Ahorro Voluntario:
Para las cuentas de Ahorro Previsional Voluntario, Ahorro Previsional Voluntario Colectivo y Ahorro Voluntario no existe ningún tipo de restricción por edad, tampoco para afiliados pensionados respecto de estas cuentas, por lo que podrán optar por cualquiera de los cinco tipos de fondos de pensiones.
¿Es posible tener recursos en distintos tipos de fondo?
Sí. Los saldos correspondientes a cada una de las cuentas que mantienes en tu AFP (saldos por Cotizaciones Obligatorias, Cotizaciones Voluntarias, Depósitos Convenidos) pueden ser invertidos en distintos tipos de fondos. Sin embargo, el saldo en la cuenta de indemnización tiene que estar invertido en el mismo fondo en el que se encuentra el saldo de la cuenta de Cotizaciones Obligatorias.
No obstante lo anterior, en caso que el saldo de esta última cuenta se distribuya en dos tipos de fondos, el saldo total de la Cuenta de Ahorro de Indemnización puede mantenerse en 1 de dichos fondos.
Por último puedes solicitar que los saldos acumulados en una misma cuenta sean distribuidos en un máximo de 2 fondos para cualquiera de tus cuentas.
¿Qué pasa si el afiliado no elige fondo?
Si ya estabas afiliado a una AFP antes de iniciarse en el sistema de Multifondos (octubre de 2002) y no seleccionaste un fondo específico, tus ahorros fueron asignados al fondo que te correspondía de acuerdo a tu edad. En octubre de 2002 se traspasó un 50% de tu saldo y el 50% restante fue traspasado en octubre de 2003.
Si ingresaste al sistema AFP después de octubre de 2002, y no seleccionaste un fondo específico, tus ahorros fueron asignados a uno de ellos, de acuerdo con lo que se señala en la siguiente tabla:
Año 0 | Año 1 | Año 2 | Año 3 | Año 4 | |
Hombres y mujeres al cumplir 36 años | 80% Fondo B, 20% Fondo C | 60% Fondo B, 40% Fondo C | 40% Fondo B, 60% Fondo C | 20% Fondo B, 80% Fondo C | 100% Fondo C |
Hombres al cumplir 56 años y mujeres al cumplir 51 años | 80% Fondo C, 20% Fondo D | 60% Fondo C, 40% Fondo D | 40% Fondo C, 60% Fondo D | 20% Fondo C, 80% Fondo D | 100% Fondo D |
Para ambos casos la asignación que indica la Ley termina cuando decidas ejerce tu derecho a elección, que puede ser cuando quieras. Podrás cambiarte de fondo las veces que estimes conveniente.
En el caso que hayas sido asignado a un fondo y posteriormente no manifiestes tu elección por uno de ellos, serás traspasado en forma gradual al fondo que te corresponda según las edades establecidas en la tabla anterior. Ese traspaso se realizará transfiriendo un 20% de su saldo al cumplimiento de la edad y el resto del saldo se traspasará gradualmente un 20% por año, en un período de 4 años.
¿Qué comisiones puede cobrar la AFP por la administración de los distintos tipos de fondo
La normativa faculta a las AFP a cobrar una comisión a todos los afiliados que efectúen más de 2 cambios de fondo en un año calendario por cada cuenta personal. Sin embargo, AFP Cuprum no cobra comisión por este concepto.
¿Cómo traspasarse de un fondo a otro en la AFP?
Para realizar traspasos entre fondos debes suscribir el formulario: “Cambio de Fondo de Pensiones”, que puedes solicitar en una de nuestras sucursales.
También puedes cambiarte de fondo a través de internet, ingresando a los servicios en línea de www.cuprum.cl con tu Clave de Acceso y la Clave de Seguridad adicional para realizar este tipo de transacciones.
Si no posees tu Clave de Seguridad adicional debes dirigirte a una sucursal o comunicarte con nuestro Centro de Asesoría Telefónica al 600 228 7786 ó al (2) 2347 0210 donde te solicitarán una dirección para el envío de tu contrato de prestaciones remotas, y así obtener la Clave de Seguridad.
Podrás traspasar tus saldos por cotizaciones obligatorias, cotizaciones voluntarias y depósitos convenidos, así como tus cuentas de ahorro voluntario, libremente entre los 5 fondos.
¿Qué tipo de operaciones puedes efectuar con tus fondos?
Distribución de Saldo:
Corresponde a un convenio a través del cual instruyes a la AFP para distribuir los saldos de cotizaciones obligatorias, depósitos convenidos, cotización voluntaria, aportes de ahorro de indemnización o depósitos de ahorro voluntario que mantengas entre 2 tipos de fondos.
Traspasos Futuros:
Corresponde al convenio a través del cual instruyes a la AFP para que (en una o más fechas futuras predeterminadas) traspase algunos de tus saldos de cotizaciones obligatorias, depósitos convenidos, cotizaciones voluntarias, aportes de ahorro de indemnización o depósitos de ahorro voluntario, que mantenga en ésta, de un fondo a otro.
Ajuste Periódico, o Mantención de distribución de Fondos en el tiempo:
Es la opción que ofrecemos, de modo que se ajusten mensualmente los saldos en una de tus cuentas, esto con el propósito de mantener la proporción inicial de distribución elegida.
Fondo(s) Recaudador(es) o Fondo(s) Futuros Aportes:
Es la elección del fondo (o los fondos) que puedes elegir para el ingreso de tus nuevas cotizaciones obligatorias, voluntarias, depósitos convenidos, Cuenta 2 o APVC, diversificando así el riesgo de tu inversión. El o los fondos elegidos recaudarán según el porcentaje que determines por ese servicio.